PRESENTACIÓN AL GRUPO DE TRABAJO DE LA ONU SOBRE MERCENARIOS DE UN INFORME SOBRE EL PAPEL DE LAS ESMP EN LA ACCIÓN HUMANITARIA

Resumen

La reciente presentación de la Asociación del Código Internacional de Conducta (ICoCA) al Grupo de Trabajo de la ONU sobre la utilización de mercenarios examina el papel de las empresas de seguridad privadas (ESP) en la acción humanitaria.

Las ESP prestan una amplia gama de servicios a las agencias humanitarias. Los servicios más comunes contratados son la seguridad estática, que implica guardias armados o desarmados que protegen al personal y las propiedades de las agencias humanitarias. Las propiedades protegidas pueden incluir, por ejemplo, edificios de oficinas, residencias de personal, hoteles, complejos y almacenes. Las ESP también se contratan para gestionar la seguridad de los centros de migración, las instalaciones médicas y los emplazamientos civiles, incluidos los campamentos de desplazados internos y refugiados.

La comunicación identifica varios problemas clave en la adquisición y gestión de contratos de seguridad privada por parte de las agencias humanitarias. Si no se abordan, estas cuestiones pueden crear graves riesgos en materia de derechos humanos para las comunidades en las que operan esas agencias y, por extensión, para las operaciones y el personal de las agencias humanitarias. ICoCA ofrece varias recomendaciones a las agencias humanitarias sobre cómo adaptar sus procesos para garantizar el respeto de los derechos humanos.

 

Principales problemas detectados en relación con los procesos y prácticas de contratación, y por qué suponen un problema

En lo que respecta a los propios procesos de contratación, se han identificado varios problemas clave. En muchos de los casos denunciados, las prácticas de contratación parecen no ajustarse a las normas y buenas prácticas internacionales. Estas deficiencias, si no se subsanan, pueden crear graves riesgos en materia de derechos humanos para las comunidades en las que operan esas agencias y, por extensión, para las operaciones y el personal de la agencia humanitaria.

 

Decisiones de contratación determinadas únicamente por el coste

El problema más recurrente y más preocupante de las prácticas de contratación de las agencias humanitarias es la priorización del coste por encima de todo. Seleccionar una ESP basándose únicamente en el coste presenta varios problemas. En primer lugar, cuando las agencias humanitarias asignan presupuestos limitados e insuficientes a los proveedores de seguridad, las empresas de seguridad privadas que seleccionan dispondrán de recursos reducidos para cumplir el contrato de seguridad. Esto, a su vez, conlleva salarios más bajos y horarios más largos para los guardias, y es más probable que esos guardias estén mal equipados y poco formados. En segundo lugar, cuando el coste es el único factor, consideraciones importantes como los derechos humanos corren el riesgo de quedar obsoletas o, en el mejor de los casos, de tener una importancia secundaria. En consecuencia, las empresas de seguridad privada pueden no sentirse obligadas a formar o supervisar a sus guardias en materia de respeto de los derechos humanos si sus clientes, las agencias humanitarias, solo se preocupan por el resultado final.

Falta de diligencia debida en materia de derechos humanos

Un segundo motivo de preocupación en la contratación de servicios de seguridad está relacionado con el rigor de los procesos locales de contratación por parte de las agencias humanitarias, muchas de las cuales llevan a cabo poca o ninguna diligencia debida en materia de derechos humanos sobre las empresas de seguridad privadas que contratan. Se citaron casos de agencias que exigen a las empresas de seguridad privada que rellenen largos cuestionarios que dan la impresión de diligencia debida, solo para seleccionar luego una empresa que no cumple los criterios de licitación.

Corrupción

Se denunció la búsqueda y el pago de sobornos durante los procesos de licitación. En algunos casos, se adjudican importantes contratos de seguridad a empresas de seguridad privada sin derecho legal a operar en un país.

Falta de transparencia

Un tercer motivo de preocupación es la transparencia durante y después de la contratación de una empresa de seguridad privada. Las agencias humanitarias pueden presentar públicamente una serie de criterios sobre cómo seleccionan a las ESP, pero parecen utilizar un criterio diferente y menos riguroso a la hora de tomar su decisión final. Esta falta de transparencia supone un fuerte incentivo para que las empresas de seguridad corruptas mientan o sobornen para hacerse con los lucrativos contratos de las agencias humanitarias. Después de la licitación, los organismos humanitarios proporcionan información engañosa, escasa o nula sobre las razones específicas para seleccionar a una empresa en lugar de otra. Esta falta de transparencia fomenta aún más el comportamiento corrupto de las empresas de seguridad privada y debilita su respeto por los derechos humanos.

 

Recomendaciones clave

 

Mayor transparencia
Las agencias humanitarias deberían comprometerse con una mayor transparencia antes, durante y después del proceso de licitación, dejando claros los criterios específicos que están utilizando para seleccionar a un proveedor de seguridad privada. El personal de la sede central también debería exigir una mayor transparencia a los responsables locales de contratación sobre los motivos por los que recomiendan o seleccionan a un proveedor de seguridad concreto en lugar de otro.

Directrices y procedimientos de contratación sólidos
Los organismos humanitarios deben desarrollar directrices y procedimientos de contratación sólidos que integren y hagan referencia a las normas de derechos humanos y el derecho humanitario. Sobre esta recomendación, las agencias pueden utilizar como guía Security to go, la herramienta de contratación desarrollada conjuntamente por ICoCA y el Foro Interinstitucional de Seguridad Global.

Diligencia debida en materia de derechos humanos
Las agencias humanitarias deben aplicar la diligencia debida en materia de derechos humanos a las personas que contratan. En la UE y en varios estados europeos se está introduciendo una normativa obligatoria de diligencia debida en materia de derechos humanos para las grandes multinacionales; las agencias humanitarias, que tienen un claro deber de diligencia con los diversos grupos de interesados con los que se relacionan, deberían tomar nota y desempeñar un papel de liderazgo en la introducción de prácticas similares en todo su sector.

Mayor flexibilidad presupuestaria
Para las agencias y sus donantes, ICoCA recomienda que se conceda una mayor flexibilidad presupuestaria para la contratación de seguridad, con el fin de permitir a la agencia seleccionar un proveedor de seguridad respetable y respetuoso con los derechos humanos. A menudo, esto significa elegir a un proveedor que no presente la oferta más baja.

El informe completo, que incluye información objetiva más detallada y el conjunto completo de recomendaciones, puede consultarse aquí.