Escobal Mine: A History of Protests Culminating in a Shooting, a Lawsuit, a Settlement, and a Public Apology
Amidst protests arising from community disapproval of Tahoe Resources’ Escobal Mine project in Guatemala, several locals of the San Rafael las Flores were allegedly shot by security personnel employed by the mine. Litigation ensued, and the plaintiffs successfully moved the lawsuit to British Columbia from Guatemala. As litigation continued, Tahoe Resources’ stock price dramatically dropped, the mine operations were suspended, and the Tahoe Resources’ successor, Pan American Silver, settled with the plaintiffs and issued a public apology
Keywords: extractive industry, weapons, clash with locals
La mina Escobal, operada por Tahoe Resources Inc. en el momento del incidente, era una mina de propiedad canadiense ubicada en San Rafael las Flores, Guatemala. La mina Escobal produce concentrados de plata, oro, plomo y zinc. La población del departamento de Santa Rosa, donde se encuentra San Rafael las Flores, es mayoritariamente mestiza, con aproximadamente un 5 % de la población identificándose como indígena Xinka.
Según el Centro de Acción Legal-Ambiental y Social de Guatemala, la comunidad de San Rafael las Flores ha rechazado el Proyecto Minero Escobal por varias razones: estas razones incluyen la supuesta amenaza del proyecto a los recursos hídricos de la zona, el riesgo de otros impactos ambientales y la falta de una consulta comunitaria sobre la mina. Supuestamente, antes del incidente, más de 500 miembros de las comunidades locales se reunieron para protestar en la mina, exigiendo que los trabajadores de la empresa abandonaran el área.
El 27 de abril de 2013, miembros de la comunidad, incluidos los Demandantes-Apelantes en el caso, participaron en una protesta frente a las puertas de la mina. Según información descubierta durante el curso del litigio, el gerente de seguridad de Tahoe, Alberto Rotondo Dall’Orso, estaba preocupado de que las protestas interfirieran con el funcionamiento de la mina. Esta creencia surgió a raíz de conflictos anteriores derivados de protestas contra la mina; supuestamente, el personal de seguridad y de Tahoe Resources eran conscientes de la fuerte oposición de la comunidad al proyecto minero.
Los Demandantes-Apelantes alegaron que los guardias de seguridad abrieron entonces las puertas de la mina y “abrieron fuego contra los manifestantes utilizando armas que incluían escopetas, gas pimienta, perdigones y balas de goma.” Varios manifestantes resultaron heridos.
Finalmente, los Demandantes-Apelantes alegaron que el tiroteo fue planeado, ordenado y dirigido por Rotondo, y que Tahoe “autorizó expresa o implícitamente el uso de fuerza excesiva por parte de Rotondo y otros miembros del personal de seguridad, o fue negligente al no impedir que Rotondo y otros miembros del personal de seguridad usaran fuerza excesiva.”
Inicialmente, los litigantes de la comunidad (en adelante, los “Demandantes-Apelantes”) presentaron una demanda civil contra Tahoe Resources ante la Corte Suprema de Columbia Británica. Los Apelantes alegaron tres causas de acción contra Tahoe Resources: (1) responsabilidad directa por agresión, (2) responsabilidad vicaria por agresión, y (3) negligencia. Esencialmente, los Demandantes-Apelantes sostuvieron que Tahoe autorizó expresa o implícitamente la conducta ilícita de Rotondo y del personal de seguridad, y que, como empresa matriz de Minera San Rafael, Tahoe Resources era responsable vicariamente de la agresión. Finalmente, los Demandantes-Apelantes alegaron que Tahoe tenía un deber de cuidado hacia ellos porque controlaba las operaciones de la mina y tenía conocimiento de la oposición comunitaria al proyecto. Según los Demandantes-Apelantes, Tahoe Resources incumplió este deber al no realizar investigaciones de antecedentes, no establecer ni hacer cumplir reglas claras de enfrentamiento, y no cumplir ni monitorear el cumplimiento de sus políticas de Responsabilidad Social Corporativa.
En agosto de 2014, Tahoe Resources presentó una notificación de solicitud para trasladar el proceso judicial a Guatemala, lo cual fue concedido por el juez. El juez consideró que Guatemala era “claramente el foro más apropiado para resolver las cuestiones en disputa”. Esta conclusión se basó en el hecho de que la presunta agresión y los incumplimientos ocurrieron en Guatemala, y que la corrupción dentro del sistema penal guatemalteco no era relevante para las reclamaciones civiles por lesiones.
Los Demandantes-Apelantes apelaron esta decisión, y en 2017 el juez de apelación estuvo de acuerdo en que Guatemala no era el foro adecuado para la disputa. El caso canadiense Club Resorts Ltd contra Van Breda, 2012 SCC 17, establece que pueden considerarse factores y preocupaciones específicas del contexto para decidir si se aplica el principio de forum non conveniens. Al revocar la decisión inicial de forum non conveniens, el juez de apelación tuvo en cuenta la diferencia en los procedimientos de descubrimiento de pruebas entre Guatemala y Columbia Británica, la diferencia en los plazos de prescripción para iniciar una demanda civil, y el riesgo de falta de imparcialidad en el sistema judicial guatemalteco. Como estos factores, según el juez, colocaban en desventaja a los Apelantes, se decidió que el juicio continuaría en Columbia Británica.
El Código Internacional de Conducta exige que el personal de las empresas Miembros y Afiliadas tome todas las medidas razonables para evitar el uso de la fuerza y, si se utiliza la fuerza, que esta sea proporcional a la amenaza y adecuada a la situación. (Reglas para el Uso de la Fuerza: párrafo 29; Uso de la Fuerza: párrafos 30-32).
Recursos sobre el Uso de la Fuerza
El Código requiere una rigurosa selección y verificación del personal, evaluación del desempeño y de las funciones (párrafos 45 a 49), así como formación del personal sobre el Código y sobre el derecho internacional aplicable, incluidos los derechos humanos y el derecho penal internacional (párrafo 55). Cumplir con los requisitos del Código de Conducta puede ayudar a las empresas de seguridad privada y a sus clientes a garantizar que el personal de seguridad privada esté calificado, capacitado, apoyado, informado y sea responsable.
Cumplir con los requisitos del Código de Conducta puede ayudar a las empresas de seguridad privada y a sus clientes a garantizar que el personal de seguridad privada esté calificado, capacitado, apoyado, informado y sea responsable.
En 2017, la Corte Suprema de Justicia de Guatemala suspendió temporalmente las licencias mineras de Tahoe Resources, hasta que se resuelva una demanda contra el Ministerio de Energía y Minas por discriminación y falta de consulta previa con las comunidades indígenas Xinka. Las licencias suspendidas incluían la licencia para operar en la Mina Escobal.
Hasta septiembre de 2018, la licencia seguía suspendida. Licencia de la mina Escobal de Tahoe permanece suspendida — Corte guatemalteca – Centro de Recursos de Negocios y Derechos Humanos
Hasta abril de 2022, Pan American Silver aún no tenía una fecha concreta para la reapertura de la mina. Las empresas mineras cautelosas mientras Guatemala busca levantar suspensiones – BNamericas
Antes del incidente, las acciones de Tahoe Resources tenían un valor de 27 dólares por acción, pero su valor cayó después de que surgieran detalles del incidente en la Mina Escobal. La mina fue suspendida por un tribunal guatemalteco, y Tahoe fue vendida a Pan American Silver por 5 dólares por acción.
Después de que Pan American Silver adquiriera Tahoe Resources, la empresa inició un plan para contratar a más mujeres como guardias de seguridad. (ver pág. 96, Informe de Sostenibilidad 2021 | Pan American Silver)
Tras la conclusión del caso en 2019, Pan American Silver, una empresa que adquirió Tahoe Resources a principios de ese mismo año, emitió una declaración pública reconociendo que el tiroteo de 2013 violó los derechos humanos de los manifestantes. En la declaración, Pan American Silver, en nombre de Tahoe, pidió disculpas a las “víctimas y a la comunidad.”
¿Cómo podría mejorar la relación con la comunidad un aumento en la presencia de mujeres en el personal de seguridad?
Antes del incidente, se alegó que el jefe de seguridad de Tahoe estaba preocupado de que las protestas interfirieran con la operación de la mina. ¿Cómo podrían la capacitación del personal y los procedimientos abordar tanto las protestas como la operación de la mina?
Caso preparado por Madison Zeeman.
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